** Extenso Acuerdo por el que se actualizan los niveles de alerta sanitaria y plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla  León.

- Se especifican los Niveles de Alerta: 1(bajo),  2 (medio),  3 (alto),  4 (Muy alto -extremo).

- La determinación del riesgo sanitario que justifique el nivel de alerta, se realizará por la Consejería competente en materia de Sanidad.

EFECTO;

       desde las 00,00H del 9 de Mayo de 2.021 mientras dure la situación de crisis sanitaria ocasionada por COVID-19

ANEXO:

       OBLIGACIONES Y RECOMENDACIONES GENERALES CUALQUIERA QUE SEA EL NIVEL DE ALERTA.

**Todos los ciudadanos deberán adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos y propagación de la enfermedad.

  *1,-  Obligación de cautela y protección: Distancia de seguridad de al menos 1,5mts / Obligatorio el uso de mascarillas en todo momento / Higiene de manos de forma corriente y frecuente

         * Provisión de información esencial para la trazabilidad de los contactos.

         * Consumo de tabacos y asimilados: Prohibición de fumar cuando no se pueda mantener la distancia mínima de 2 mts. Prohibición de fumar en terrazas, veladores o similares

  *2,- Medidas de higiene y prevención

  *3,- LImitaciones de aforo

  *4,- Medidas específicas respecto a centros, servicios, y establecimientos servicios sociales.

  *5,- Medidas relativas a centros docentes

  *6,- Medidas en relacción con ocupación y uso de vehículos de transporte terrestre en Castilla y León.

  *7,- Medidas respecto a centros de servicios y establecimientos sanitarios

  *8,- Medidas específicas aplicables a la actividad de las personas trabajadoras agrarias.

 

(Para mas ionformación conusultar el fichero anexo.) 

 

 

 

  

07/05/2021

**En los municipios de la provincia  de Burgos: BURGOS, ALFOZ DE QUINTANADUEÑAS, MEDINA DE POMAR Y MIRANDA DE EBRO,

Se suspende:

- Toda actividad hostelera en el interior de los estableciemientos, a excepcion de los indicados en el decreto.

- Apertura al público de los establecimientos de juegos y apuestas.

Efecto de las medidas:

** Desde las 0,00H del 4 de Mayo hasta las  23:59H del 17 de Mayo.

 

(Para mas información consultar el docuemento adjunto).

04/05/2021

**Hoy publica el BOP (Boletín Oficial de la Provincia) la convocatoria para la elección de Juez de paz titular y Juez de paz sustituto. El plazo para la presentación de candidaturas finaliza 30 dias naturales a partir de mañana.

   (Para mas información consultar el anuncio oficial en el documento adjunto)

30/03/2021

**Acuerdo por el que se dejan sin efecto las medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para la contención del COVID-19 en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León, acordadas mediante los acuerdos: 4/2021 del 12 de enero, Acuerdo 17/2021 del 15 de febrero, mantenidas por acuerdo 21/2021 del 22 de febrero".

        Efectos:

       El presente acuerdo surtirá efecto a partir de las 00,00 del 8 de Marzo.

 

(Para mas información consultar el documento adjunto) 

05/03/2021

Anuncio de la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno de Burgos, por el que se somete a información Pública, las solicitudes de Declaración de Impacto Ambiental y de Autorización Administrativa Previa para la instalaciión de las 4 Plantas Solares Fotovoltaicas y sus infraestructuras de evacuación, AGRUPACION MAIRA ALPHA de 169.991 MWp, AGRUPACION MAIRA BETA de 149.983 MWp, AGRUPACION MAIRA DELTA de 124,998 MWp y AGRUPACION MAIRA GAMMA de 149,975 MWp, en los términos municipales de: LLANO DE BUREBA, LOS BARRIOS DE BUREBA, OÑA, LA VID DE BUREBA, BERZOSA DE BUREBA, QUINTANILLA SAN GARCIA, BRIVIESCA, VALLARTA DE BUREBA, GRISALEÑA, BUSTO DE BUREBA, QUINTANAELEZ, PARTIDO DE LA SIERRA EN TOBALINA Y VALLE DE TOBALINA, promovido por la mercantil "SOLARIA PROMOCION Y DESARROLLO FOTOVOLTAICO S.L.U.".

 

(Para completar información y poder acceder a la dirección de descarga de todos los documentos técnicos, ambientales, infraestructuras de evacuación de las 4 Plantas Solares indicadas, consultar el fichero adjunto)

04/03/2021

** SE ADOPTA EL MANTENIMIENTO DE LAS MEDIDAS SANITARIAS PREVENTIVAS DE CARACTER EXCEPCIONAL ACORDADAS MEDIANTE EL ACUERDO 4/2021 DEL 12 DE ENERO, Y LA MEDIDA SANITARIA PREVENTIVA EXCEPCIONAL DE LIMITACION HORARIA DE ESTABLECIMIENTOS, ACTIVIDADES Y SERVICIOS, ADOPTADA MEDIANTE EL ACUERDO 17/2021 DEL 6 DE FEBRERO.

       **HORARIO MAXIMO DE LOS SERVICIOS DE RESTAURACION (TERRAZAS), HASTA LAS 22H., SIN QUE PUEDAN ADMITIRSE NUEVOS CLIENTES A PARTIR DE LAS 21,30h.**

       EFECTO de esta medida desde las 00,00H del día 26 de Febrero, hasta las 23,59H del día 9 de Marzo.

 

    (Para mas información consultar fichero adjunto)

26/02/2021

 

**Las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos, podrán desarrollarse en todo tipo de instalaciones públicas o privadas ya sea en espacios al aire libre o interiores, siempre que, respetándose las medidas generales de prevención: no se supere 1/3 de su aforo.

 

** Se deja sin efecto la limitación de entrada /salida de personas del territorio en cada una de las provincias de la Comunidad de Castilla y León. Se pemite la libre circulación de las personas entre todas las provincias del territorio de la Comunidad de Castilla-León.

 

(Para mas información consultar fichero adjunto)

 

 

19/02/2021

--Se adopta la medida sanitario preventiva de carácter excepcional de limitación horaria de apertura de establecimientos, actividades y servicios, para la contención del COVID-19 en todo el territorio de Castilla y León.

 **Se establece como horario máximo de apertura hasta las 20,00H., para todos los establecimientos, actividades y servicios regulados en el anexo del Acuerdo 76/2.020 del 3 de Noviembre.

     Efectos:

         Desde las 20.00H del día 17 de Febrero hasta las 23,59H del día 23 de Febrero. 

(Para mas información consultar el fichero adjunto).

18/02/2021

- Se determina la hora de comienzo de la limitación de la libertad de cirulación de las personas en horario nocturno.

          * Se fija en todo el territorio de Castilla y León, como hora de comienzo de la limitación de circulación de las personas en horario nocturno las 22,00H. Queda establecido por tanto el horario de limitación desde las 22,00H hasta las 6,00H.

     Efectos:

             Desde las 20,00H del día 17/02/2021

(Para mas información consultor fichero adjunto).

18/02/2021

- SE ADOPTA EL MANTENIMIENTO  DE LAS MEDIDAS SANITARIAS DE CARACTER EXCEPCIONAL PARA LA CONTENCION DE LA COVID-19.

       ** SE PRORROGAN LAS MEDIDAS INDICADAS EN EL ACUERDO 8/2021 DEL 12 DE ENERO, ANTERIORMENTE PUBLICADO 

        EFECTO:

                     ESTAS MEDIDAS CAUSARAN EFECTO DESDE LAS 00,00H DEL 10 DE FEBRERO HASTA LAS  23,59 DEL 23 DE FEBRERO.

 

(Para información mas completa consultar el fichero adjunto.)

09/02/2021